Escena-de-la-Asunción-de-la-Virgen
Asunción de la Virgen. Iglesia San Romano, Asturias. Renacimiento popular, s. XVI

Hoy celebramos con gran alegría la fiesta de «MARÍA ASUNTA», patrona y custodia de nuestro Monasterio. Por ella y con ella renovamos nuestra común esperanza, porque María es el ser humano que se nos ha adelantado plenamente, y por ello es para nosotros un foco de esperanza» (Joseph Ratzinger, 1993).

Homilía de San Germán de Constantinopla sobre la Dormición de María

Munificentissimus Deus (definición del Dogma de fe de la Asunción corporal de María al cielo)

BREVE HISTORIA DEL DOGMA DE LA ASUNCIÓN DE MARÍA

No existe una tradición apostólica oral sobre el tránsito de María, particularmente en el sentido de una predicación de la fe. La doctrina se encuentra contenida “virtualmente” en la predicación tradicional de la fe y que sólo en un momento evolutivo dado surge ante la conciencia de la Iglesia como algo encerrado en la doctrina y necesariamente ligado a ella.

Asump7Desde fines del siglo V comienzan a circular los apócrifos del tránsito, nacidos fuera de Palestina, y que son leyendas destinadas a llenar los huecos de la tradición. Presuponen todos que María murió y hablan de una resurrección corporal o solo de un traslado de su cuerpo al paraíso terrenal.

En el siglo VI se cambia el nombre de la “fiesta en memoria” de María por el de “fiesta del óbito (muerte) de la Madre de Dios”. Ya no hay duda sobre su muerte, pero la fe en una asunción corporal se va generalizando en las homilías de la festividad y en los textos litúrgicos, como puede observarse en el Pseudo-Modesto de Jerusalén (+680), en Germán de Constantinopla (+733), Andrés de Creta (+740), Juan Damasceno (+749), etc. En la Iglesia bizantina ha persistido esta doctrina, pero sólo como “piadosa creencia”, no formalmente como dogma formal.

El desarrollo de la doctrina de la asunción en Occidente (…) comienza con la aceptación por Roma, con el papa Sergio I (687-701), de la festividad de la Dormitio. (…) Se pasa ya en el siglo VIII (en Roma) a la denominación de Assumptio, con lo que se expresa de modo explícito la asunción corporal de María.

A lo largo de los siglos XVII y XVIII surgen ciertas controversias menores sobre el problema; pero nunca se niega la asunción, sino únicamente la certeza de la doctrina como perteneciente a la fe o a la revelación. (…) A mediados del siglo XX, las respuestas de los obispos al papa Pío XII eran prueba de que la piadosa suposición de antaño se había convertido en una convicción de fe.

El 1 de noviembre de 1950, Pío XII definía el dogma con la constitución apostólica Munificentissimus Deus. (…) Habían llegado numerosas peticiones de obispos y fieles en pro de la definición, de modo que el 1 de mayo de 1946 el Papa se dirigía al episcopado haciéndole la siguiente pregunta: “¿Pensáis, venerables hermanos, de acuerdo con vuestra sabiduría y prudencia eximias, que la asunción corporal de la bienaventurada Virgen María debe ser propuesta y definida como dogma de fe? ¿es ése vuestro deseo, el de vuestro clero y el de vuestro pueblo?”(AAS 42 (1950), 756). Los obispos respondieron “con una adhesión casi unánime”. Es en esa unanimidad donde ve el Papa el argumento más sólido: “El consentimiento universal del magisterio ordinario de la Iglesia constituye un argumento seguro y cierto que prueba que la asunción corporal de la bienaventurada Virgen María a los cielos es una verdad revelada por Dios y que han de aceptarla, por tanto, todos los fieles” (AAS 42 (1950), 757).

Asump12El texto de la definición es como sigue:

“(…) anunciamos, declaramos y definimos, como dogma de fe revelado por Dios, que la inmaculada y siempre Virgen María, Madre de Dios, acabado el curso de su vida terrena, fue asunta en cuerpo y alma a la gloria celestial (AAS 42 [1950], 77 [DS 3903]).

Extractos de Mysterium Salutis. Manual de teología como historia de la salvación. Volumen III, Tomo II, pp. 504-507. Ediciones Cristiandad, Madrid:1971.